Existe un plazo legal para reclamar: no lo dejes pasar

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Plazos · 4 de junio de 2026

¿Qué plazo tengo para reclamar una negligencia médica?

Es la primera pregunta que deberías hacerte si sospechas que tú o un familiar habéis sufrido una mala praxis: el derecho a reclamar caduca, y en muchos casos el plazo es de un solo año. Te explicamos los plazos según la vía y, sobre todo, desde cuándo empiezan a contar.

Sanidad pública: un año

Si el daño se produjo en un hospital o centro de salud público, la reclamación de responsabilidad patrimonial frente a la Administración debe presentarse en el plazo de un año. Pasado ese año sin reclamar, el derecho prescribe.

Sanidad privada: depende del tipo de acción

Frente a la medicina privada, la regla general de la responsabilidad extracontractual es también de un año. Sin embargo, cuando existe un contrato con la clínica o el seguro de salud, determinadas acciones contractuales disponen de plazos más amplios, de hasta cinco años. Determinar qué acción conviene ejercitar —y contra quién— es precisamente una de las claves del trabajo del abogado especialista.

Vía penal: según la gravedad

En los casos más graves (fallecimiento o lesiones muy importantes por imprudencia profesional) puede abrirse la vía penal, con plazos de prescripción del delito más largos. La querella penal, además, interrumpe los plazos civiles.

La pregunta clave: ¿desde cuándo se cuenta el plazo?

Aquí está la buena noticia para muchos pacientes: el plazo no empieza necesariamente el día del acto médico, sino desde que se estabilizan las secuelas o se conoce el alcance definitivo del daño (el llamado dies a quo). Si sigues en tratamiento o las secuelas aún evolucionan, es posible que tu plazo ni siquiera haya empezado a correr. Pero cuidado: probarlo no siempre es sencillo y los tribunales lo examinan caso por caso.

Por qué no debes apurar el plazo

Nuestro consejo es simple: si tienes dudas, consúltanos ya. La valoración es gratuita y, si el plazo está en riesgo, sabemos cómo interrumpirlo.

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